ARGÜESO

Genealogía, Heráldica y Nobiliaria

Argüeso

Padrón del lugar de ARIJA

 

Padrón de hidalguía y moneda forera del lugar de Arija, perteneciente en la antigüedad al Alfoz de Santa Gadea de Campoo, jurisdicción de señorío del marqués de Aguilar y conde de Castañeda, en el arzobispado de Burgos; custodiado en el archivo municipal de Santa Gadea:

AÑO DE 1.658

Santa Gadea y jurisdicción, padrón del año 1.658

 

En la villa de Santa Gadea, a diez y seis días del mes de Mayo de mil y seiscientos y cincuenta y ocho años, ante su merced de Pedro Ruiz de la Peña, alcalde ordinario en este Alfoz de Santa Gadea, por el marqués de Aguilar, mi señor, etc., por testimonio de mí, Marcos de Castillo Salazar, escribano real y del número y ayuntamiento de este dicho alfoz, parecieron presentes Juan Ruiz de Navamuel y Marcos Campo, vecinos de esta villa de Santa Gadea; y Juan Ruiz y Juan López, el mozo, vecinos del lugar de Igón; y Pablo López, vecino del lugar de Quintanilla de Santa Gadea; y Pedro Díez, vecino del lugar de Arija, empadronadores nombrados cada uno por el concejo y regimiento de sus lugares, en cumplimiento de la orden de su majestad, y mandamientos que se les ha sido enviado por don Juan de Herrera, juez, para la cobranza y empadronamiento de la moneda forera del septenio que cumplió el año pasado de seiscientos y cincuenta y seis. Que dicho mandamiento va por cabeza de estos autos, y para hacer dicho padrón, su merced de dicho alcalde, recibió de ellos y de cada uno de ellos insolidum, a Dios y a la cruz, y cada uno de ellos, de por sí, dijo: "si juro y amén", y debajo del dicho juramento, prometieron el hacerle bien y fielmente, y le hicieron en la forma y manera siguiente:

Y luego incontinente de día, mes y año dichos, el dicho Pedro Díez, vecino de Arija y empadronador susodicho, hizo el padrón de dicho lugar en la forma siguiente:

Primeramente empadronó al licenciado Zipriano de Argüeso, clérigo y cura de dicho lugar, exento.

Item, el dicho Pedro Díez, empadronador, se empadronó a sí mismo, por hijodalgo notorio.

Item, empadronó a Pedro Fernández, carpintero, por hijodalgo notorio, y a Francisco y Pedro Fernández, sus hijos, por hijosdalgo notorios.

Item, empadronó a Nicolás Fernández, que está en la guerra, pechero cuantioso.

Item, empadronó a Lucas Díez y su mujer, por hijodalgo notorio.

Item, empadronó a Juan López y su mujer, por hijosdalgo notorios.

Item, empadronó a Andrés López y su mujer, hijodalgo.

Item, empadronó a Llorente Díez y su mujer, hijosdalgo notorios.

Item, empadronó a Francisco Díez y su mujer, por hijodalgo, y a Josephe, su hijo, hijodalgo notorio.

Item, empadronó a Marcos Gutiérrez de Hoyo y su mujer, por hijodalgo notorio.

Item, empadronó a Francisco de Lucio Villegas y su mujer, y a Bernardo y Francisco, sus hijos, por hijosdalgo de sangre.

Item, empadronó a Andrés de Lucio Villegas, familiar del Santo Oficio, y su mujer, y Andrés, Leonardo, Juan, Jacinto, Alejandro y Manuel de Lucio, sus hijos legítimos, por hijosdealgo notorios de sangre.

Item, empadronó a Juan de Argüeso, el mozo, y su mujer, y Antonio de Argüeso, su hijo, y otro de pecho, que no sabe como se llama, por hijosdealgo notorios.

Item, empadronó a Juan de Argüeso, familiar, y su mujer, y a Pedro, su hijo, por hijodealgo notorio.

Item, empadronó a Francisco de Argüeso y su mujer, por hijodealgo notorio.

Item, empadronó a Jusepe de Argüeso y su mujer, y a sus hijos, Jusepe y Marcos, por hijosdealgo notorios.

Item, empadronó a Santiago González y su mujer, por pechero cuantioso.

Item, empadronó a Catalina López, viuda, y a María Fernández, por hijasdealgo.

Item, empadronó a Pedro Montes y su mujer, por pecheros cuantiosos.

Item, empadronaron a Blas Ruiz y su mujer, por hijodealgo notorio.

Item, empadronó a Juan Montes y su mujer, por pecheros cuantiosos.

Item, a Antonio Montes, por pechero cuantioso.

Item, empadronó a Juliana Montes, moza libre, por pechera cuantiosa.

Item, empadronó a María Montes, viuda, y Mateo Gutiérrez, su hijo, por pecheros cuantiosos.

 

Y en esta forma los dichos empadronadores hicieron el dicho padrón como va declarado debajo de dicho juramento, dijeron haberle hecho bien y fielmente, lo mejor que Dios, nuestro señor, les ha dado a entender, sin parcialidad alguna, y el dicho Pedro Díez, declaró a María Díez, viuda de Andrés de Lucio Villegas, por hijadealgo notoria. Y así lo declararon y firmaron los que supieron ante su merced que esto firmó, y pidieron se lo dé por testimonio, a los cuales otorgantes, yo el escribano doy fe conozco. Y el dicho Pedro Díez, así mismo declaró y empadronó a María, viuda de Tomás García, y a María otra hermana suya, por pecheras cuantiosas. Y lo otorgaron, siendo testigos: Francisco González, vecino de Villaverde, y Gaspar Campo, y Andrés Peña, estantes en esta villa. "Varias firmas y rúbricas- Ante mí, Marcos de Castillo Salazar."

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