EL DERECHO EN LA ERA DIGITAL
Aspectos jurídicos de las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones CENIT

y Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires

(julio 1999)

 

CAPITULO: Introducción al Comercio Electrónico.

autor: Carlos Paladella Salord

INDICE

¿qué es el comercio electrónico?

Antecedentes

Clases o estructuras

Inconvenientes

Experiencias actuales

Futuro

Mas Información


¿qué es el comercio electrónico?   INDICE

El comercio electrónico se puede definir, de una forma muy amplia y abarcadora según la Asociación de Usuarios de Internet (España), como cualquier forma de transacción o intercambio de información comercial basada en la transmisión de datos sobre redes de comunicación. En este sentido, el concepto de comercio electrónico no sólo incluye la compra y venta electrónica de bienes o servicios, que es el concepto común que se tiene, sino que también incorpora el uso de las redes para actividades anteriores o posteriores a la venta, como son:

Cualquiera de estas formas de actividad en las redes de comunicación puede ser considerada como comercio electrónico. Éste es un concepto que ha variado desde sus inicios hasta la fecha, ha evolucionado desde su significado original de compra electrónica al significado actual que abarca todos los aspectos de los procesos de mercado y empresa habilitados por Internet y las tecnologías de la World Wide Web.

 

Es de señalar que los productos que pueden ser objeto de estas transacciones pueden ser físicos, como electrodomésticos o computadoras, o servicios, como asesoramiento legal, médico, viajes, y educación a distancia. Pero también pueden ser productos que no tienen entidad física y que son de manejo diario entre las personas: música, software, noticias o bases de datos. el comercio electrónico nos conducirá a cambios significativos en la forma de personalizar, distribuir e intercambiar productos y en la forma que tienen los consumidores de buscar y comprar productos y servicios y también de consumirlos.

 

Los agentes que operan en el comercio electrónico son genéricamente vendedores o compradores, si bien éstos pueden ser muy diferentes. Las empresas que operan en la red venden y compran, el público en general compra, las administraciones públicas prestan servicios tanto directos como de soporte creando marcos regulatorios y, finalmente, otras entidades supranacionales controlan parte de las actuaciones mediante normas internacionales (OMC, etc.).

 

Lo que realmente revoluciona el comercio electrónico es la ingeniería de procesos, es decir, que aporta un cambio fundamental en todos los procesos que hoy conocemos:

 

Los participantes en este mercado electrónico que se está generando no son únicamente las empresas de productos electrónicos. La Era Digital nos afecta a todos gracias a sus innovaciones sobre los procesos. Los continuos cambios en las telecomunicaciones afectarán a la forma en que recibimos toda la información a la que tenemos acceso diariamente. Al igual que los demás accesorios tecnológicos que hoy se emplean en cualquiera de los negocios que pensemos (teléfonos, faxes, fotocopiadoras, computadoras personales e impresoras) dentro de muy poco tiempo también lo harán el correo electrónico, las páginas web y las comunicaciones digitales integradas. El final de esta historia tiene un nombre que le han dado varios pensadores sobre la revolución tecnológica, la convergencia: la integración e interconexión de todos los elementos.

 


Antecedentes    INDICE

 

¿Cuando nace el comercio electrónico? Se pueden decir dos cosas sobre el inicio del comercio electrónico: la primera que empezó hace más de veinte años con las transacciones efectuadas entre las empresas más avanzadas tecnológicamente y con la utilización del estándar de comunicación EDI y también con el uso de las tarjetas de crédito que suponen transacciones electrónicas; y la segunda, que el comercio electrónico nació realmente con la creación de la World Wide Web por parte del Laboratorio de Física de Partículas del CERN, en Ginebra, en 1991 aunque no fuera hasta dos años después que el gran público se diera cuenta de su potencial.

 

Esos inicios han sido vertiginosos pues en muy poco tiempo la sociedad mundial ha pasado de la era tecnológica a la era del conocimiento. La sociedad del conocimiento, que todavía está naciendo, avanza con pasos muy firmes liderada por dos grandes bloques como son la Unión Europea y los Estados Unidos de América, cada uno con dos grandes proyectos. Los desarrollos tecnológicos han encontrado una acogida espectacular en las empresas y el público: los navegadores, los protocolos y las redes son medios cada vez más utilizados en todo tipo de aplicaciones diarias y ello contribuye a que se cree cotidianamente un mercado electrónico más importante en cualidad y cantidad de servicios.

 

Finalmente, hemos llegado al mercado electrónico, mercado económico donde los productores, intermediarios y consumidores interactúan electrónicamente o digitalmente de alguna forma. El mercado electrónico es un representante virtual de mercados físicos.

El futuro, según un análisis efectuado por CIPRES (Centro de Investigación y Promoción de REdes y Servicios Telemáticos) de la UPM, es un crecimiento espectacular como aparece en el gráfico siguiente.

B2B = Business to Business B2C = Business to Consumer

 

 

 

 


Clases o estructuras   INDICE

 

Sin hacer una descripción exhaustiva de cada una de las conformaciones que presenta actualmente esta forma de comercio, queremos poner de manifiesto, al menos, algunas de sus características principales. Hemos de señalar que las clases de comercio electrónico se denominan arquitecturas.

 

Arquitectura EcO:

 

Proyecto liderado por un grupo con expertos de las empresas IBM, HEWLETT-PACKARD, INTEL, SUN MICROSYSTEMS, ROSETTANET Y VEOSYSTEMS que intenta crear un sistema común de comercio electrónico. Lo que buscan estos profesionales es la denominada interoperabilidad, es decir, que los diferentes protocolos existentes tengan una especie de traductor universal que los haga operables entre ellos.

Esta arquitectura tiene un elemento fundamental que es la biblioteca de documentos genéricos (Common Business Library o CBL). Esta biblioteca facilita la definición de documentos comerciales puesto que es un común denominador de todos las demás protocolos existentes. Para dar un ejemplo más entendible, aunque muy simplificado, es como un traductor universal de documentos comerciales que contiene traducciones para todos los idiomas.

La versión final de la herramienta que propone eCo se hará pública en Agosto de 1999, es decir en menos de dos meses. Además cuenta con un apoyo inmejorable ya que las directrices establecidas en la Unión Europea, a través del Memorándum de Acuerdo sobre Libre Acceso de las Pymes Europeas al Comercio Electrónico, recomiendan el uso de este sistema como punto de partida para el desarrollo de este comercio entre las pequeñas y medianas empresas del viejo continente.

 

Arquitectura OBI (Open Buying on the Internet):

 

Esta es una arquitectura diseñada para el comercio entre empresas y, más específicamente, para la realización de grandes compras o ventas de productos de costo unitario.

Su composición más simple está definida por cuatro participantes: el que hace un pedido de un producto, la empresa vendedora, la empresa compradora y la autoridad de pago.

El procedimiento que se sigue también es sencillo: una persona, perteneciente a la organización compradora, hace un pedido de un producto seleccionado del catálogo de un vendedor, el vendedor reenvía el pedido a la organización compradora que le devuelve el pedido autorizado, el vendedor comprueba el crédito del comprador con la autoridad de pago y procesa el pedido la autoridad de pago emite una factura y recibe el pago.

 

Arquitectura OTP (Open Trading Protocol):

 

Esta es una arquitectura muy similar al OBI puesto que también define una serie de componentes que son: comprador, el vendedor, el receptor del pago (que actúa en representación del vendedor), la entidad que entrega el producto y la entidad que se encarga de la atención al cliente y la resolución de posibles conflictos.

El objetivo de este sistema es crear un entorno electrónico que reproduzca los mismos mecanismos que en mundo real o físico, con las mismas transacciones tradicionales que ahora nos son familiares.

El procedimiento que se utilizaría para hacer una compra sería el siguiente: oferta Š acuerdo de compra pago (usando alguno de los mecanismos de pago existentes) Š entrega recibo de compra Š resolución de problemas en la transacción.

Como punto final hemos de señalar que la primera versión de estos procedimientos fue publicada en 1998.

 

Arquitectura BBEC (Building Blocks for Electronic Commerce):

 

Esta es un propuesta elaborada en el seno de la Comunidad Europea en 1997, concretamente por la Dirección General III. En ella se definen cada uno de los elementos que integran el comercio electrónico pero no a través de sus agentes, como en otras arquitecturas, sino a través de los procesos que lo crean.

De esta forma, se construye una solución de comercio electrónico a partir de la integración de diversos componentes, de ahí la denominación inglesa de Building Blocks.

Una descripción detallada de los procesos que deben integrarse para conformar un sistema completo de comercio electrónico, entre todos o sólo algunos de ellos, sería la siguiente:

 

1. marketing:

Creación / consulta de catálogos

Publicación de información / análisis de información

Ofertar un precio / pedir una oferta de precio

Reservar un producto para un comprador / añadir un producto a la cesta de la compra

2. contratación:

Confirmar un pedido / hacer un pedido

Reponer existencias de un producto / registrar la confirmación de un pedido

Aceptar la cancelación / cancelar un pedido

3. logística:

Recibir / generar una notificación de entrega

Recibir /entregar un producto

4. cierre de una operación:

Confirmar / seleccionar un método de pago

Procesar / entregar una tarjeta de crédito o monedero electrónico

Efectuar el pago

5. interfaz con la Administración

Declaración de impuestos

Notificaciones de exportación

Arquitectura SEMPER:

 

Este es uno de los proyectos más ambiciosos toda vez que toma en consideración todas las implicaciones del comercio electrónico, es decir, sus aspectos económicos, legales, comerciales, técnicos, de seguridad e incluso sociales.

Esta arquitectura, Secure Electronic Market Place for Europe, ha sido elaborada en el marco de un programa más amplio de la Unión Europea que intenta un desarrollo general de las tecnologías de la información dentro de esa región.

Esta arquitectura se conforma con cuatro niveles de actuación que son Comercio, Intercambios, Transferencias y Servicios de soporte.

 

El primero, Comercio, genera un nivel de seguridad específico en las aplicaciones propias de comercio electrónico. El segundo, Intercambios, ejerce una función de control sobre las transacciones haciendo que las mismas sea justas. Para poner en claro lo que se entiende por justa se trata de aquéllas que se efectúan recibiendo cada parte lo que se había acordado por las mismas con anterioridad. El tercer nivel, Transferencias, define unos contenedores seguros que transportan diferentes tipos de información: puede tratarse de documentos firmados, información o pagos. La seguridad de estos contenedores se basa en sistemas de encriptación avanzada y también en que, en muchos casos, requieren la emisión de un recibo por parte del destinatario que lo hacen idóneo para que sea recibido exclusivamente por la persona a la que va destinado. Es importante destacar que este nivel también se encarga de la gestión de los llamados monederos electrónicos que veremos más adelante.

Finalmente, el último nivel, Servicios de soporte, realiza funciones que, como su propio nombre indica, sirven para que los otros mantengan su funcionalidad óptimamente. Entre algunas de sus funciones están la ocultación de las estructuras de comunicación, generación de claves y firmas digitales, almacenamiento de toda clase de información (documentos, certificados, claves, firmas, etc.) e incluso el cifrado.

 


Inconvenientes   INDICE

 

Si bien el comercio electrónico genera muchas ventajas para los consumidores, las empresas y las administraciones públicas (y otros agentes supranacionales) mediante la agilización de todos los procesos, la eliminación de barreras, la apertura de oportunidades de negocios, la reducción de costos e intermediarios en las transacciones y la cooperación entre empresas, no es menos cierto que se plantean ciertos inconvenientes y se agudizan algunos problemas existentes antes de su aparición.

Para nosotros los juristas –abogados, jueces, doctrinarios- aparece un problema importante para poder definir la validez legal de las transacciones y contratos celebrados son soporte papel. Además de ello, aparecen:

 

La necesidad de proteger a los consumidores y usuarios de productos y servicios adquiridos en el mercado electrónico.

Plantearse el caso de un reclamo a un producto con un defecto intrínseco que ha sido enviado desde Hong Kong a través de Internet y pagado mediante una de las nuevas formas de pago. Los inconvenientes pueden ser muy grandes sobretodo cuando el precio es bajo y no represente una suma significativa.

 

La necesidad de proteger derechos de autor, marcas y patentes.

La posibilidad de reproducir digitalmente los contenidos que se venden a través de la red hace que los autores de los mismos vean diezmados totalmente los derechos legítimamente adquiridos. Los medios técnicos existentes permiten un control casi total de las ventas o incluso del uso de un determinado software por el público, pero aún existen problemas para el control total del uso y reproducción de las obras.

Es posible que tengamos que redefinir el concepto de derecho del autor a cobrar por las copias de su obra, concepto que apareció con la imprenta y que posiblemente haya quedado desbordado por la reproducción digital.

 

La necesidad de impedir la publicidad engañosa y, en algunos países, la publicidad comparativa o injuriosa (expresamente prohibida).

Cómo se puede impedir que cuando las personas navegan en la red vayan a espacios virtuales en los que aparecen publicidades prohibidas en el territorio desde el que se han conectado a la red.

 

la necesidad de proteger los datos de las personas que circulan en cada una de las transacciones, especialmente aquellos que se consideran datos personalísimos.

Las ganancias que se obtienen a través de las nuevas técnicas de data warehousing y data minning (sobretodo de esta última) hacen que el flujo de información sea una de las presas más codiciadas por las grandes compañías que manejan datos. Por eso mismo, porque ello genera datos sobre costumbres de compra de los consumidores, debe generarse también el instrumento que permita u cierto control, al menos, sobre la utilización de esa información. No nos referimos con ello a nuevas normas sino a instrumentos realmente eficaces que están en manos de los particulares para controlar el flujo de información creada por sus acciones en Internet u otras redes de comunicación.

 

Sólo pensemos en el ejemplo que ofrece en uno de sus estudios la organización CommerceNet: la venta de datos de consumo personales pueden producir un detrimento del bienestar social. En el comercio electrónico, este tipo de datos estarían directamente vinculados a la compra y negociación de precios. Con una demanda conocida, los vendedores pueden negarse a bajar los precios por debajo de lo que ellos consideran como valoración del consumidor. Sin embargo, más que volver a un mercado con demanda imperfecta y calidad inferior, el mercado podría ser capaz de producir un resultado justo y eficiente. Por ejemplo, el precio de venta potencialmente alto puede compensarse en parte por un pago más alto por la información personal. Esto también demuestra el porqué la información del consumidor debe ser tasada y pagada en el mercado. Surgen muchas cuestiones económicas sobre los precios y eficiencia de un mercado como este. Quizá, el vigor evidenciado en el debate sobre la privacidad y anonimato entre los abogados, políticos y activistas de la libertad de expresión lleve a los economistas a esta tarea en el futuro.

 

la protección del crédito y los pagos realizados en medios de comunicación abiertos como es Internet.

Es básicamente la seguridad de las comunicaciones efectuadas a través de la red. Hoy encontramos servidores seguros pero la realidad es que pueden existir fugas o incluso robos de información crediticia que nos afecte directamente. Falta desarrollar la legislación sobre firmas digitales y cifrado de documentos o transacciones completas.

 

La necesidad de que el propio medio de comunicación, Internet y el WWW, no queden congestionados o funcionen con arreglo a lo que es esperado en los sistemas de comunicación.

No debe extrañar a nadie que el acceso a Internet sea considerado en pocos años como un servicio de comunicación universal, es decir, que deberá estar al alcance de todas las personas y con un nivel de calidad que lo haga idóneo para su uso.

Una de las manifestaciones de ese futuro próximo se ha producido hace tan solo dos semanas (el 33-33-1999) en España cuando una de las nuevas operadoras telefónicas ha establecido que el acceso a Internet ilimitado es gratuito con su compañía.

 

La adecuación de las normativas a nivel mundial por el impacto global de este mercado.

Esta tarea es la que más trabajo está dando ya que todas las regiones o países quieren establecer sus propios sistemas. Quizás la Organización Mundial del Comercio debería llevar la voz cantante en este asunto.

 

Los problemas de jurisdicciones y de ley aplicable que no son nada despreciables en este ambiente de relación que está creciendo a un ritmo impresionante de verdad.

 

Todas las variables a los problemas que nos encontramos, hoy en menor medida, pero que pronto van a ser cuestiones de todos los días, tienen componentes legales o regulatorios que deben ser estudiados cuidadosamente.

Desde el punto de vista legal, el desarrollo del comercio electrónico requiere la creación de un marco legal que resuelva adecuadamente aspectos básicos, como son los que hemos enumerado anteriormente, servicios de seguridad, derechos de propiedad intelectual, impuestos, etc..

El incesante avance de las tecnologías de la información está obligando a revisar sobre la marcha las leyes actuales, con el riesgo de que diferentes países adopten criterios diferentes que puedan llevarlos a situaciones de incompatibilidad. Valga como ejemplo, los sistemas de cifrado, necesarios para un comercio electrónico seguro, que están sujetos a normas a veces muy diferentes según los países, muy restrictivas en unos casos y más flexibles en otros (en los EE.UU., sin ir más lejos, el cifrado mediante criptografía de más de 128 bits no puede salir del país pues se considera que determinados niveles de cifrado tienen tratamiento de arma de guerra).

 

No existen muchos profesionales que analicen estos temas que van a ser de primera necesidad en mucho menos tiempo de lo que la generalidad de la gente piensa. Hoy existen ejemplos de comercio electrónico promovidos por entidades financieras que incluyen desde la obtención de créditos instantáneos hasta la compra de localidades para cualquier tipo de espectáculos a través de terminales instalados en las oficinas bancarias o en los propios domicilios de las personas físicas. Estas son transacciones que se insertan en el campo del comercio electrónico y que tienen repercusiones en la vida diaria. No existen estudios, sin embargo, de las necesidades legales o normativas para que ese comercio genere los mismos derechos y obligaciones que las operaciones realizadas de la forma tradicional. Se utilizan, por el momento, los mismo institutos del comercio tradicional pero esa no es la mejor opción frente a problemas de creciente complejidad.

 


Experiencias actuales   INDICE

 

La Unión Europea ha publicado varias directivas y documentos generales con el fin de crear un entorno de comercio electrónico homogéneo que evite las divergencias entre países. Entre algunas debemos destacar las que siguen:

El documento que creó el marco en el que se ha desarrollado el estudio del comercio electrónico es la Iniciativa Europea de Comercio Electrónico, adoptado por la Comisión en abril de 1997, planteaba propuestas de actuación en tres grandes áreas:

La reciente propuesta de directiva de noviembre de 1998 sobre un Marco Legal para el Desarrollo del Comercio Electrónico fija los requisitos mínimos de un marco regulador coherente sobre: contratos electrónicos, responsabilidad de los intermediarios, resolución de conflictos y papel de las autoridades nacionales.

 

Paralelamente a los desarrollos de la Unión, la Organización Mundial de Comercio, la Cámara Internacional de Comercio, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual y otras organizaciones internacionales preocupadas por el desarrollo controlado del comercio electrónico están trabajando en estos mismos problemas a nivel mundial.

 


Futuro   INDICE

 

El futuro pasa por que se establezcan, primero, normas técnicas o estándares que permitan operar a todas las personas, empresas y organizaciones que lo deseen. Ya hemos hablado de las diferentes arquitecturas que se están impulsando, pero lo que debe quedar es el concepto de interoperabilidad entre todas, pues es éste el que va a permitir el verdadero crecimiento de este fenómeno.

 

Para que el mercado electrónico se desarrolle y llegue a constituir realmente un mercado global también es necesario establecer, casi simultáneamente, un entorno legal que resuelva adecuadamente los aspectos de seguridad y privacidad, validez legal de los documentos electrónicos, fiscalidad de las operaciones que se lleven a cabo a través de las redes de comunicación, derechos de propiedad intelectual, etc.

 

Para evitar la aparición o consolidación de leyes nacionales restrictivas o incompatibles que dificulten el comercio electrónico, su regulación debe abordarse de la forma más global posible, a escala no sólo europea o americana (por citar a las dos regiones que tienen los proyectos más avanzados, sino mundial.

 

Según un estudio elaborado por el Observatorio Europeo de las Tecnologías de la Información (en inglés, EITO), debe tomarse en consideración que, a partir del año próximo y, sobre todo, del 2001 y el 2002, se alcanzará en los diferentes países y sectores de la Unión Europea la "masa crítica" de empresas que convertirá en "práctica normal" hacer negocios por Internet. El estudio, que se ha presentado dentro del informe anual del EITO sobre las tecnologías de la información, constata que en todos los países y sectores las firmas empiezan utilizando la web como un canal más de promoción de sus productos y servicios y sólo al cabo de "meses o años" le agregan capacidad para hacer transacciones.

 

También debe tenerse en cuenta que el porcentaje de personas conectadas, es decir, la masa de usuarios y potenciales consumidores de productos comprados o adquiridos a través de Internet tiene que crecer. La previsión de crecimiento que fuera realizada a finales del año 1998 es la que se presenta en el gráfico que sigue.

 

Sin embargo, hace pocas fechas que las operadoras de telecomunicaciones españolas han dado un paso fundamental hacia la generalización del uso de Internet en los domicilios particulares. Cinco operadoras han establecido la gratuidad de conexión a la red mundial de comunicación. Ello ha hecho que las cifras de conexiones se haya incrementado espectacularmente en muy corto lapso de tiempo.

 

 

 

 

 

 

 

Fuente : The Yankee Group 1.998

De la misma forma que las distintas organizaciones se preocupan por el desarrollo de sus iniciativas, diversas Administraciones como la norteamericana, alemana, canadiense, australiana, sueca o española han dado los primeros pasos hacia la utilización de Internet como medio de prestación de servicios administrativos y públicos (pago de impuestos o tasas, registros comerciales y/o civiles, solicitud de becas, etc.).

El fundamento de estas acciones se encuentra en los beneficios que surgen tanto para los ciudadanos como para la propia Administración, que, de eta forma, automatiza muchas tareas manuales, acelera tramitaciones, reduce errores y disminuye en gran medida los tiempos de trabajo administrativo. De hecho, la Administración Pública debería aprovechar al máximo el uso de la red Internet ya que, mucho más que cualquier otra organización, tiene un volumen de transacciones que entorpecen la resolución de las cuestiones que deben pasar por la misma.

 

Como se puede avizorar, todavía queda mucho que analizar y estudiar, tanto desde el punto de vista técnico como sobretodo legal. Es necesario que se lleven a cabo iniciativas, como ocurre en Argentina con el CENIT y otras estructuras de investigación, para desde el marco global se desarrolle el comercio electrónico con todas las ventajas que ofrece y también con todas sus potencialidades.

 

 

FIN DE LA PRIMERA PARTE

Sigue: NUEVOS MECANISMOS DE PAGO - DINERO ELECTRÓNICO

 

 

PARA MÁS INFORMACIÓN PUEDEN CONSULTAR:   INDICE

 

Agencia de Certificación Electrónica (ACE) Telefónica, bancos y cajas

http://www.ace.es/

Certificación Pública de Transacciones Electrónicas (CERES) Fábrica Nacional de Moneda y Timbre http://ww.fnmt.es/ceres/

Fundación para el Estudio de la Seguridad de las Telecomunicaciones (FESTE) Notarios y corredores de comercio, entre otros http://www.feste.es/

CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional

http://www.un.or.at/uncitral/en-index.htm

Eurochambres - Cámaras de Comercio Europeas

http://www.eurochambres.be/

 

ICC - Cámara Internacional de Comercio

http://www.iccwbo.org/

 

OCDE - Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico

http://www.oecd.org/

 

OMC – Organización Mundial de Comercio

http://www.wto.org/

 

OMPI - Organización Mundial de la Propiedad Intelectual

http://www.wipo.org/

 

TABD - Transatlantic Business Dialogue

http://www.tabd.com/

 

CN - CommerceNet

http://www.commerce.net/

 

ECE - Electronic Commerce Europe

http://www.ec-europe.org/

 

OBI - Open Buying on the Internet

http://www.openbuy.org/

 

OTP - Open Trading Protocol

http://www.otp.org/

 

W3C - Consorcio World Wide Web – Grupo de interés en comercio electrónico

http://www.w3.org/Ecommerce/

 

Asociación Española de Comercio Electrónico

http://www.aece.org/

 

Servidor de Comercio Electrónico de la Comisión Europea

http://www.ispo.cec.be/ecommerce/

Aspectos jurídicos del comercio electrónico y de Internet. Open Information Interchange http://www2.echo.lu/oii/

Información técnica, incluyendo estándares.

 

Recomendaciones sobre comercio electrónico. Documento de directrices SII G9 del programa europeo de comunicaciones avanzadas ACTS. Julio 1998. http://www.infowin.org/ACTS/ANALYSYS/CONCERTATION/glindex.htm

 

¿Comercio electrónico en Internet? ... ¿En España? por Rodolfo Carpintier, y otros artículos en la revista Novática, número 135 (comercio electrónico). Septiembre/Octubre 1998.

http://www.ati.es/PUBLICACIONES/novatica/1998/

 

El impacto económico y social del comercio electrónico. Documentos de la conferencia ministerial de la OCDE sobre comercio electrónico, Ottawa, 7-9 octubre 1998. http://www.oecd.org/subject/e_commerce/

 

Audiencia en Internet - resultados de la 2ª encuesta sobre Internet. AIMC. Abril – Mayo 1998. http://www.aimc.es/aimc/html/inter/net.html

 

Comercio electrónico en Internet, aspectos jurídicos, por Xavier Ribas, y Problemas jurídicos del comercio electrónico, por Fernando Ramos. Ambos artículos en: Revista Electrónica de Derecho Informático REDI, número 2. Septiembre 1998. http://www.derecho.org/redi/numero2/

 

International survey of encryption policy. GILC. 1997. http://www.gilc.org/crypto/crypto-survey.html

 

Iniciativa Europea de Comercio Electrónico. Comunicación COM (97) 157. Abril 1997.
http://www.ispo.cec.be/Ecommerce/initiat.htm

 

Marco Legal para el Desarrollo del Comercio Electrónico . Propuesta de directiva. COM (98) 586. Noviembre 1998. http://europa.eu.int/comm/dg15/en/media/eleccomm/999.htm

 

Directrices del memorándum de acuerdo sobre libre acceso de las PYMEs europeas al comercio electrónico. Abril 1998. http://www.ispo.cec.be/Ecommerce/MoU/S1300.htm

 

Acelerando el comercio electrónico en Europa. Comisión Europea. Junio 1998. http://www.ispo.cec.be/Ecommerce/ecbook.html

Information Technologies (ESPRIT)

Página principal http://www.cordis.lu/esprit/home.html

ESPRIT results by business sector - E-commerce http://www.prosoma.lu/showcase/bs001.html

Advanced Communications Technologies & Services (ACTS)

Página principal http://www.infowin.org/

ACTS research: E-Commerce Enabling Technologies
http://www.infowin.org/ACTS/ANALYSYS/CONCERTATION/ISN/DOCS/ecommerce.doc

Security of Telecommunications and Information Systems (INFOSEC)

Página principal http://www.cordis.lu/infosec/home.html

European Trusted Services (ETS) http://www.cordis.lu/infosec/src/ets.htm

Telematics Applications (TAP)

Página principal http://www2.echo.lu/telematics/home.html

Information Society Initiatives in Standardisation (ISIS)

Página principal http://www.ispo.cec.be/isis/

Language Engineering (LE)

Página principal http://www2.echo.lu/langeng/

Trans-European Telecommunications Networks (TEN-TELECOM)

Página principal http://www2.echo.lu/tentelecom/

Information Society Standardization System - http://www.cenorm.be/isss/default.htm

CENELEC Comité Europeo de Normalización Electrotécnica - http://www.cenelec.be/

W3C World Wide Web Consortium - http://www.w3.org/

WCN World Chambers Network - http://www.worldchambers.com/

 

Página de recopilación de links de todas las materias que tienen que ver con el derecho informático y las nuevas tecnologías. En el apartado Temas Específicos contiene una página de Comercio Electrónico: http://derecho.org/comunidad/carlospaladella

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