Explorando nuestro entorno

Principal ] Presentación ] Investigaciones ] Guía para investigar ] Participa ] Enlaces ] Revistas en la red ] Manual de metodología ]

 

 

Opinión de los jóvenes respecto al castigo impuesto por la ley al delito de violación

Fabiola Baños Martínez

Fabiola Barrera Rodríguez

 Karem A. Juárez Torres  

Estudiantes de primer  año de Psicología, 

Universidad de Occidente, Mazatlán

Mayo-julio, 2001

   

Introducción 

 

El propósito de esta investigación fue conocer la opinión de los jóvenes  respecto a los castigos que la ley impone a los violadores, considerando la influencia de la variable género en dicha opinión.

Para realizar este trabajo utilizamos la metodología cuantitativa y aplicamos la técnica de encuesta a una muestra de 120 jóvenes, de ambos de sexos, en la ciudad de Mazatlán, Sinaloa.

Método

 

Para cumplir con nuestro objetivo y comprobar la hipótesis formulada –en la  opinión de los jóvenes respecto al castigo impuesto a los violadores incide el género al que pertenezcan– utilizamos una metodología cuantitativa con  la encuesta como instrumento técnico.

La muestra seleccionada consistió en un total de 120 personas –60  mujeres y 60 hombres–, de entre 18 y 25 años de edad residentes de la ciudad de Mazatlán.

Debido a que en el proceso de selección de la muestra sólo se consideró el equilibrio por sexo, se dejó de lado la escolaridad de los encuestados y su ubicación, por lo que la mayoría de la muestra elegida, el 82%, lo representan jóvenes de la Universidad de Occidente del campus Mazatlán.

Así, aunque la escolaridad y la zona de residencia no estuvieran incluidas en nuestra hipótesis, observamos que el ignorarlas causó que la muestra presentara un enorme desequilibrio.

Además de la revisión de literatura acerca de la problemática, entrevistamos a la licenciada en Derecho Elizabeth Sarabia Ortiz, quien nos orientó y  proporcionó el Código Penal para conocer los castigos aplicados en dichos casos.

 

La violación: un acto de violencia sexual

 

La violación sexual es un acto de violencia, por lo que, partiremos con una definición de violencia para ir desglosando el tema:

La violencia es un acto social y, en la mayoría de los casos  un comportamiento aprendido en un contexto social permeado de inequidades.[i]

La violación se inserta dentro del tipo de violencia denominada violencia sexual.

La violencia sexual ocurre cuando

se obliga a una persona a tener cualquier tipo de contacto sexual contra su voluntad; cuando se le a hace participar en actividades  sexuales con las que no está de acuerdo  y no se toman en cuenta sus deseos, opiniones ni sentimientos. Se daña física y emocionalmente a la persona. La violencia sexual se pude presentar como acoso, abuso sexual, violación o incesto[ii].

 

En una violación se presentan además diversos tipos de violencia, pues, de acuerdo con el Centro de Cooperación Regional para la Educación de Adultos en América Latina y el Caribe (CREFAL), la violación "es un acto de extrema violencia física y emocional".[iii]

Se entiende por violencia física  toda acción que implique el uso de la fuerza contra otra persona, misma que puede consistir en golpes, patadas, lanzamiento de objetos, empujones, cachetadas, rasguños o cualquier conducta que atente la integridad física de la persona, produzca o no marcas en el cuerpo[iv].

La violencia emocional es todo acto que se realiza contra otra persona para humillarla y controlarla, esto es, intimidación, amenaza, manipulación, humillaciones, acusaciones falsas, vigilancia, persecución o aislamiento y violencia verbal[v].

El acto de violación puede ser en contra de una mujer, un hombre, o niños sean del sexo femenino o masculino. Por ello la violación es definida como la penetración con el pene , los dedos o cualquier objeto en la vagina, el ano o en la boca en contra de la voluntad de la víctima, quien es amenazada para mantener la violación en secreto.[vi]

El código penal de la República Mexicana define este acto en el artículo 265 como la cópula, utilizando la fuerza física y entendiendo por ello, "la introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima por vía vaginal, anal u oral independientemente de su sexo"[vii], y que además, "introduzca por vía vaginal o anal, cualquier otro elemento e instrumento distinto al miembro viril por medio de la violencia física o moral sea cual fuere su sexo del ofendido"[viii].

En México este tipo de violencia es castigado por la ley. De acuerdo con el código penal, al violador se le condena a prisión, considerando diferentes situaciones y circunstancias, con 8 a 14 años, de la siguiente forma:[ix]

Artículo 266

 

  Se equipara a la violación y se sancionará con la misma pena :

 I.- Al que sin violencia realice cópula con persona menor de 12 años de edad;

II.- Al que sin violencia realice copula con persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo; y

III.-  Al que sin violencias y con fines lascivos introduzca por vía anal o vaginal cualquier elemento o instrumento distinto del miembro viril en una persona menor de 12 años de edad o que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, o por cualquier causa no pueda resistirlo, sea cual fuere el sexo de la víctima.

Si  se ejerciera violencia física o moral, el mínimo o máximo  de la pena se aumentará hasta en una mitad .

 

Artículo 266 Bis

 

Las penas previas para el abuso sexual y la violación se aumentarán hasta en una mitad en su mínimo y máximo cuando:

 I.- El delito fuere cometido por un ascendiente contra su descendiente, éste contra aquél, el hermano contra su colateral, el tutor contra su colateral, el tutor contra su pupilo, o el padrastro o amasio de la madre del ofendido en contra del hijastro. Además de la pena de prisión, el culpable perderá la patria potestad o la tutela, en los casos que la ejerciere sobre la víctima.

II.- El delito fuere cometido con intervención directa o inmediata de dos o más personas;

III.- El delito fuere cometido por quien desempeñe un cargo o empleo público o ejerza su profesión, utilizando los medios, o circunstancias que ellos le proporcionan. Además de la pena de prisión el condenado será destituido del cargo o empleo o suspendido por el termino de 5 años en el ejercicio de dicha profesión.

IV.- El delito fuere cometido con la persona que tiene al ofendido bajo su custodia, guardar o educación o aproveche la confianza en él depositado.

 

 

Resultados

 

La encuesta aplicada para conocer la opinión de jóvenes mazatlecos respecto al castigo impuesto por la ley a los violadores arrojó los siguientes resultados:

 

1.  Características de la muestra

a) Edad

Como ya se mencionó, la muestra estudiada se dividió en dos mitades iguales según su género: 50% fueron mujeres y 50% fueron hombres.

Tal como se puede apreciar en el Cuadro 1, la edad del 72% de las mujeres oscila entre los 18 y 19 años, mientras que el resto, el 28 %, se concentra en los rangos de edad de 20 a 25 años de edad; por otro lado, en el grupo del sexo masculino se contó un 85% de jóvenes con edades entre los 18 y 19 años, un 8% entre los 20 y 21 años y un 7% entre los 22 y 25 años.

Como se  puede ver, la mayoría de los jóvenes de la muestra, el 78% en total, fueron jóvenes en los últimos años de la etapa de la adolescencia.

 

Cuadro 1

  Población de estudio por grupo de edad y género

 

Edad

Absoluto

Porcentaje

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

18 - 19

43

51

72.0

85.0

20 - 21

12

5

20.0

8.0

22 - 25

5

4

8.0

7.0

TOTAL

60

60

100.0

100.0

 

b) Escolaridad

El grado de escolaridad del grupo de mujeres fue el siguiente: el 85% contaba con estudios de licenciatura y el 15 % con estudios de preparatoria. En el grupo de hombres de la muestra, el 79% tenía estudios de nivel superior, el 18% con preparatoria y un 3% con estudios hasta secundaria; se nota aquí claramente que la muestra es representada en  mayor proporción por jóvenes universitarios (Cuadro 2).

 

Cuadro 2

 

Escolaridad de la población de estudio por género

 

Escolaridad

Absoluto

Porcentaje

Mujeres
Hombres

Mujeres

Hombres
Secundaria

0

  2 

    0.0

    3.0

Preparatoria

    9

  11

   15.0

  18.0

Licenciatura

   51

  47

   85.0

   79.0

Total

   60

 60

   100.0

  100.0

 

 

2.  Opinión acerca de la sanción penal a violadores

Mientras que la opinión del total de la muestra respecto a la sanción existente en el artículo 265 del Código Penal Federal se orientó mayoritariamente, el 78%,  en el sentido de Insuficiente,  hubo un 16% que la consideró como Justa (Cuadro 3). 

Respecto a esto pero visto por género, aunque la mayoría de las mujeres y de los hombres considera que la sanción es insuficiente, se puede observar cierta diferencia de opinión. 

Así, para más mujeres que hombres  –el 83% del grupo de mujeres y el 73% del grupo de hombres–­,  la sanción aplicada es insuficiente.  Además, el 15% de las mujeres y el 17% de los hombres  considera que la pena es justa. Por último, mientras que sólo  un 2% de las mujeres (un caso, en términos absolutos) contestó que le era indiferente, el 10% de los hombres (seis casos) marcó esta misma respuesta.

 

Cuadro 3

 

Opinión de los jóvenes respecto a la pena del artículo 265 del código penal en caso de violación por género

 

Opinión

Absoluto

Porcentaje

Total

(%)

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Justo

     9

    10

15.0

   17.0

     16.0  

Indiferente

     1

    6

2.0

  10.0

      6.0

Insuficiente

    50

    44

83.0

  73.0

    78.0

Total

   60

  60

100.0

 100.0

   100.0

 

 

3. Opinión de los jóvenes respecto al castigo que merecería un violador

 

En la encuesta aplicada a jóvenes mazatlecos se les pidió a aquellos que no estuvieron de acuerdo con la pena de 8 a 14 años de prisión, expresaran la sanción que, según ellos, merecería una persona por cometer un acto de violación (Cuadro 4).

Del total de la muestra, el 38% opina que se deben aumentar los años de prisión y otra misma proporción cree que estos casos deben castigarse con pena de muerte. El 24% restante señaló castigos como cadena perpetua, castración o la “ley del talión”.

Comparando los datos según el sexo, encontramos lo siguiente: mientras que las mujeres eligen más la pena de muerte para los violadores, son más hombres los que prefieren aumentar los años de prisión. Es decir, el 45% de las mujeres seleccionó la pena de muerte frente al 32% de los hombres; y el 42% de los hombres optó por más años de prisión contra el 33% de las mujeres.

Por último, ambos grupos opinaron que no debe salir bajo fianza quién cometa violación.

 

Cuadro 4

 

Opinión de los jóvenes respecto al castigo que

merecería un violador

 

Sanción propuesta

Absoluto

Porcentaje

Total

M

H

M

H

Más años de prisión

   20

    25

  33.0

  42.0

38.0

Pena de muerte

   27

    19

  45.0

  32.0

38.0

Salir bajo fianza

    0

     0

    0.0

    0.0

0.0

Otros

   13

    16

  22.0

  26.0

24.0

Total

   60

    60

 100.0

100.0

100.0

             

 

 

4. Calificación de los jóvenes respecto a la gravedad de la violación según los involucrados

 

Cómo califican los jóvenes la gravedad del delito de violación según la edad de los involucrados en el acto, fue el último de los aspectos considerados en la encuesta. Se les pidió que calificaran del 1 al 3 la gravedad del delito, suponiendo que el 1 indicaba mayor gravedad y el 3 menor gravedad.

Aún cuando todos comentaron que el delito ya es en sí grave, independientemente de quién y contra quién se ejerza, los jóvenes opinan que la violación de menor gravedad es la que se da de un adulto contra otro adulto, siendo de mayor gravedad aquellas en donde interviene un menor, ya sea como víctima o victimario.

Como dato importante se obtuvo que mientras que el grupo de mujeres considera más grave la violación de un menor a otro menor, los hombres creen que es más grave la violación por parte de un adulto hacia un menor.

 

 

Cuadro 5

 

Calificación de los jóvenes respecto a la

gravedad de la violación

 

Tipo de violación

M

H

De adulto a adulto

       3

      3

De adulto a menor

      2

      1

De menor a menor

      1

      2

 

 

Conclusiones

 

Encontramos que tanto la mayoría de hombres como de mujeres considera insuficiente el castigo impuesto en el artículo 265 del Código Penal de la federación en el caso de violación.

Sin embargo, observamos una diferencia  en cuanto a la opinión que guardan los grupos de jóvenes respecto a la sanción existente: hay más mujeres que hombres que piensan que el castigo es insuficiente y más hombres que mujeres que piensan que es justo. También encontramos significativa la mayor falta de interés por parte del grupo del sexo masculino.

También  encontramos una clara diferencia de opinión acerca de la sanción que merecería una persona al cometer violación, ya que más mujeres expresan que este delito merece la pena de muerte y le sigue en importancia aumentar los años de prisión;  en cambio, los hombres opinan que es mejor aumentar la pena en años de prisión y le sigue en importancia otorgarles la pena de muerte.

A la vez la mujeres consideran más grave la violación de menor a menor, pero los hombres piensan que es más grave la violación de adulto a menor.

En síntesis con los resultados obtenidos en este estudio, concluimos que el sexo si es un factor que influye en la opinión sobre  los castigos que la ley les impone a los violadores.

     



 

NOTAS

[i] Venguer, Tere et al. Violencia doméstica: un marco conceptual para la capacitación del personal de salud en Population Council, documentos de trabajo, 1998, obtenido en la red en julio, 2001, http://www.popcouncil.org/pdfs/inopal/docu24.pdf

[ii] CREFAL, Violencia en la familia, ILCE (Instituto Latinoamericano de  Comunicación Educativa), http://omega.ilce.edu.mx:3000/sites/maypa/violencia/htm/violen.htm  

[iii] Ibíd.

[iv] Ibíd.

[v] Ibíd..

[vi] Ibíd.

[vii] Código Penal de la Federación Mexicana, p.56

[viii] Ibíd.

[ix] Ibíd.

                          

 

 

             Fuentes de información

 

 

 

Código Penal Federal Actualizado  

CREFAL, Violencia en la familia, ILCE (Instituto latinoamericano de comunicación educativa, http://omega.ilce.edu.mx:3000/sites/maypa/violencia/htm/violen.htm 

Venguer, Tere, et al, Violencia doméstica: un marco conceptual para la capacitación del personal de salud, Population council, documentos de trabajo, 1998, http://www.popcouncil.org/pdfs/inopal/docu24.pdf   

 

 

 
 
1