Introducción
El
propósito de esta investigación fue conocer la opinión de los jóvenes
respecto a los castigos que la ley impone a los violadores,
considerando la influencia de la variable género en dicha opinión.
Para
realizar este trabajo utilizamos la metodología cuantitativa y aplicamos
la técnica de encuesta a una muestra de 120 jóvenes, de ambos de sexos,
en la ciudad de Mazatlán, Sinaloa.
Método
Para
cumplir con nuestro objetivo y comprobar la hipótesis formulada –en la
opinión de los jóvenes respecto al castigo impuesto a los
violadores incide el género al que pertenezcan– utilizamos una
metodología cuantitativa con la
encuesta como instrumento técnico.
La
muestra seleccionada consistió en un total de 120 personas –60
mujeres y 60 hombres–, de entre 18 y 25 años de edad residentes
de la ciudad de Mazatlán.
Debido
a que en el proceso de selección de la muestra sólo se consideró el
equilibrio por sexo, se dejó de lado la escolaridad de los encuestados y
su ubicación, por lo que la mayoría de la muestra elegida, el 82%, lo
representan jóvenes de la Universidad de Occidente del campus Mazatlán.
Así,
aunque la escolaridad y la zona de residencia no estuvieran incluidas en
nuestra hipótesis, observamos que el ignorarlas causó que la muestra
presentara un enorme desequilibrio.
Además
de la revisión de literatura acerca de la problemática, entrevistamos a
la licenciada en Derecho Elizabeth Sarabia Ortiz, quien nos orientó y
proporcionó el Código Penal para conocer los castigos aplicados
en dichos casos.
La
violación: un acto de violencia sexual
La
violación sexual es un acto de violencia, por lo que, partiremos con una
definición de violencia para ir desglosando el tema:
La
violencia es un acto social y, en la mayoría de los casos
un comportamiento aprendido en un contexto social permeado de
inequidades.[i]
La
violación se inserta dentro del tipo de violencia denominada violencia
sexual.
La
violencia sexual ocurre cuando
se
obliga a una persona a tener cualquier tipo de contacto sexual contra su
voluntad; cuando se le a hace participar en actividades
sexuales con las que no está de acuerdo
y no se toman en cuenta sus deseos, opiniones ni sentimientos. Se
daña física y emocionalmente a la persona. La violencia sexual se pude
presentar como acoso, abuso sexual, violación o incesto[ii].
En
una violación se presentan además diversos tipos de violencia, pues, de
acuerdo con el Centro de Cooperación Regional para la Educación de
Adultos en América Latina y el Caribe (CREFAL), la violación "es un
acto de extrema violencia física y emocional".[iii]
Se
entiende por violencia física toda
acción que implique el uso de la fuerza contra otra persona, misma que
puede consistir en golpes, patadas, lanzamiento de objetos, empujones,
cachetadas, rasguños o cualquier conducta que atente la integridad
física de la persona, produzca o no marcas en el cuerpo[iv].
La
violencia emocional es todo
acto que se realiza contra otra persona para humillarla y controlarla,
esto es, intimidación, amenaza, manipulación, humillaciones, acusaciones
falsas, vigilancia, persecución o aislamiento y violencia verbal[v].
El
acto de violación puede ser en contra de una mujer, un hombre, o niños
sean del sexo femenino o masculino. Por ello la violación es definida
como la penetración con el pene , los dedos o cualquier objeto en la
vagina, el ano o en la boca en contra de la voluntad de la víctima, quien
es amenazada para mantener la violación en secreto.[vi]
El
código penal de la República Mexicana define este acto en el artículo
265 como la cópula, utilizando la fuerza física y entendiendo por ello,
"la introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima por
vía vaginal, anal u oral independientemente de su sexo"[vii],
y que además, "introduzca por vía vaginal o anal, cualquier otro
elemento e instrumento distinto al miembro viril por medio de la violencia
física o moral sea cual fuere su sexo del ofendido"[viii].
En
México este tipo de violencia es castigado por la ley. De acuerdo con el
código penal, al violador se le condena a prisión, considerando
diferentes situaciones y circunstancias, con 8 a 14 años, de la siguiente
forma:[ix]
Artículo
266
Se equipara a la violación y se sancionará con la misma pena
:
I.- Al que sin violencia realice cópula con persona menor de
12 años de edad;
II.-
Al que sin violencia realice copula con persona que no tenga la capacidad
de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda
resistirlo; y
III.-
Al que sin violencias y con fines lascivos introduzca por vía anal
o vaginal cualquier elemento o instrumento distinto del miembro viril en
una persona menor de 12 años de edad o que no tenga capacidad de
comprender el significado del hecho, o por cualquier causa no pueda
resistirlo, sea cual fuere el sexo de la víctima.
Si
se ejerciera violencia física o moral, el mínimo o máximo
de la pena se aumentará hasta en una mitad .
Artículo
266 Bis
Las
penas previas para el abuso sexual y la violación se aumentarán hasta en
una mitad en su mínimo y máximo cuando:
I.- El delito fuere cometido por un ascendiente contra su descendiente,
éste contra aquél, el hermano contra su colateral, el tutor contra su
colateral, el tutor contra su pupilo, o el padrastro o amasio de la madre
del ofendido en contra del hijastro. Además de la pena de prisión, el
culpable perderá la patria potestad o la tutela, en los casos que la
ejerciere sobre la víctima.
II.-
El delito fuere cometido con intervención directa o inmediata de dos o
más personas;
III.-
El delito fuere cometido por quien desempeñe un cargo o empleo público o
ejerza su profesión, utilizando los medios, o circunstancias que ellos le
proporcionan. Además de la pena de prisión el condenado será destituido
del cargo o empleo o suspendido por el termino de 5 años en el ejercicio
de dicha profesión.
IV.-
El delito fuere cometido con la persona que tiene al ofendido bajo su
custodia, guardar o educación o aproveche la confianza en él depositado.
Resultados
La
encuesta aplicada para conocer la opinión de jóvenes mazatlecos respecto
al castigo impuesto por la ley a los violadores arrojó los siguientes
resultados:
1.
Características de la muestra
a)
Edad
Como
ya se mencionó, la muestra estudiada se dividió en dos mitades iguales
según su género: 50% fueron mujeres y 50% fueron hombres.
Tal
como se puede apreciar en el Cuadro 1,
la edad del 72% de las mujeres oscila entre los 18 y 19 años, mientras
que el resto, el 28 %, se concentra en los rangos de edad de 20 a 25 años
de edad; por otro lado, en el grupo del sexo masculino se contó un 85% de
jóvenes con edades entre los 18 y 19 años, un 8% entre los 20 y 21 años
y un 7% entre los 22 y 25 años.
Como
se puede ver, la mayoría de
los jóvenes de la muestra, el 78% en total, fueron jóvenes en los
últimos años de la etapa de la adolescencia.
Cuadro
1
Población de estudio por grupo de edad y género
Edad
|
Absoluto
|
Porcentaje
|
Mujeres
|
Hombres
|
Mujeres
|
Hombres
|
18
- 19
|
43
|
51
|
72.0
|
85.0
|
20
- 21
|
12
|
5
|
20.0
|
8.0
|
22
- 25
|
5
|
4
|
8.0
|
7.0
|
TOTAL
|
60
|
60
|
100.0
|
100.0
|
b)
Escolaridad
El
grado de escolaridad del grupo de mujeres fue el siguiente: el 85% contaba
con estudios de licenciatura y el 15 % con estudios de preparatoria. En el
grupo de hombres de la muestra, el 79% tenía estudios de nivel superior,
el 18% con preparatoria y un 3% con estudios hasta secundaria; se nota
aquí claramente que la muestra es representada en
mayor proporción por jóvenes universitarios (Cuadro
2).
Cuadro
2
Escolaridad
de la población de estudio por
género
Escolaridad
|
Absoluto
|
Porcentaje
|
Mujeres
|
Hombres
|
Mujeres
|
Hombres
|
Secundaria
|
0
|
2
|
0.0
|
3.0
|
Preparatoria
|
9
|
11
|
15.0
|
18.0
|
Licenciatura
|
51
|
47
|
85.0
|
79.0
|
Total
|
60
|
60
|
100.0
|
100.0
|
2.
Opinión acerca de la sanción penal a violadores
Mientras
que la opinión del total de la muestra respecto a la sanción existente
en el artículo 265 del Código Penal Federal se orientó
mayoritariamente, el 78%, en
el sentido de Insuficiente, hubo
un 16% que la consideró como Justa (Cuadro 3).
Respecto
a esto pero visto por género, aunque la mayoría de las mujeres y de los
hombres considera que la sanción es insuficiente, se puede observar
cierta diferencia de opinión.
Así,
para más mujeres que hombres –el
83% del grupo de mujeres y el 73% del grupo de hombres–,
la sanción aplicada es insuficiente.
Además, el 15% de las mujeres y el 17% de los hombres
considera que la pena es justa. Por último, mientras que sólo
un 2% de las mujeres (un caso, en términos absolutos) contestó
que le era indiferente, el 10% de los hombres (seis casos) marcó esta
misma respuesta.
Cuadro
3
Opinión de
los jóvenes respecto a la pena del artículo 265 del
código penal en caso de violación por género
Opinión
|
Absoluto
|
Porcentaje
|
Total
(%)
|
Mujeres
|
Hombres
|
Mujeres
|
Hombres
|
Justo
|
9
|
10
|
15.0
|
17.0
|
16.0
|
Indiferente
|
1
|
6
|
2.0
|
10.0
|
6.0
|
Insuficiente
|
50
|
44
|
83.0
|
73.0
|
78.0
|
Total
|
60
|
60
|
100.0
|
100.0
|
100.0
|
3.
Opinión de los jóvenes respecto al castigo que merecería un violador
En
la encuesta aplicada a jóvenes mazatlecos se les pidió a aquellos que no estuvieron de
acuerdo con la pena de 8 a 14 años de prisión, expresaran la sanción
que, según ellos, merecería una persona por cometer un acto de
violación (Cuadro 4).
Del
total de la muestra, el 38% opina que se deben aumentar los años de
prisión y otra misma proporción cree que estos casos deben castigarse
con pena de muerte. El 24% restante señaló castigos como cadena
perpetua, castración o la “ley del talión”.
Comparando
los datos según el sexo, encontramos lo siguiente: mientras que las
mujeres eligen más la pena de muerte para los violadores, son más
hombres los que prefieren aumentar los años de prisión. Es decir, el 45%
de las mujeres seleccionó la pena de muerte frente al 32% de los hombres;
y el 42% de los hombres optó por más años de prisión contra el 33% de
las mujeres.
Por
último, ambos grupos opinaron que no debe salir bajo fianza quién cometa
violación.
Cuadro
4
Opinión
de los jóvenes respecto al castigo que
merecería
un violador
Sanción
propuesta
|
Absoluto
|
Porcentaje
|
Total
|
M
|
H
|
M
|
H
|
Más
años de prisión
|
20
|
25
|
33.0
|
42.0
|
38.0
|
Pena
de muerte
|
27
|
19
|
45.0
|
32.0
|
38.0
|
Salir
bajo fianza
|
0
|
0
|
0.0
|
0.0
|
0.0
|
Otros
|
13
|
16
|
22.0
|
26.0
|
24.0
|
Total
|
60
|
60
|
100.0
|
100.0
|
100.0
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
4.
Calificación de los jóvenes respecto a la gravedad de la violación
según los involucrados
Cómo
califican los jóvenes la gravedad del delito de violación según la edad
de los involucrados en el acto, fue el último de los aspectos
considerados en la encuesta. Se les pidió que calificaran del 1 al 3 la
gravedad del delito, suponiendo que el 1 indicaba mayor gravedad y el 3
menor gravedad.
Aún
cuando todos comentaron que el delito ya es en sí grave,
independientemente de quién y contra quién se ejerza, los jóvenes
opinan que la violación de menor gravedad es la que se da de un adulto
contra otro adulto, siendo de mayor gravedad aquellas en donde interviene
un menor, ya sea como víctima o victimario.
Como
dato importante se obtuvo que mientras que el grupo de mujeres considera
más grave la violación de un menor a otro menor, los hombres creen que
es más grave la violación por parte de un adulto hacia un menor.
Cuadro
5
Calificación
de los jóvenes respecto a la
gravedad
de la violación
Tipo
de violación
|
M
|
H
|
De
adulto a adulto
|
3
|
3
|
De
adulto a menor
|
2
|
1
|
De
menor a menor
|
1
|
2
|
Conclusiones
Encontramos
que tanto la mayoría de hombres como de mujeres considera insuficiente el
castigo impuesto en el artículo 265 del Código Penal de la federación
en el caso de violación.
Sin
embargo, observamos una diferencia en
cuanto a la opinión que guardan los grupos de jóvenes respecto a la
sanción existente: hay más mujeres que hombres que piensan que el
castigo es insuficiente y más hombres que mujeres que piensan que es
justo. También encontramos significativa la mayor falta de interés por
parte del grupo del sexo masculino.
También
encontramos una clara diferencia de opinión acerca de la sanción
que merecería una persona al cometer violación, ya que más mujeres
expresan que este delito merece la pena de muerte y le sigue en
importancia aumentar los años de prisión;
en cambio, los hombres opinan que es mejor aumentar la pena en
años de prisión y le sigue en importancia otorgarles la pena de muerte.
A
la vez la mujeres consideran más grave la violación de menor a menor,
pero los hombres piensan que es más grave la violación de adulto a
menor.
En
síntesis con los resultados obtenidos en este estudio, concluimos que el
sexo si es un factor que influye en la opinión sobre los castigos que la ley les impone a los violadores.
[vii]
Código Penal de la Federación Mexicana, p.56
Fuentes
de información
Código
Penal Federal Actualizado
CREFAL,
Violencia en la familia, ILCE (Instituto latinoamericano de
comunicación educativa, http://omega.ilce.edu.mx:3000/sites/maypa/violencia/htm/violen.htm
Venguer,
Tere, et al, Violencia doméstica: un marco conceptual para la
capacitación del personal de salud, Population council, documentos
de trabajo, 1998, http://www.popcouncil.org/pdfs/inopal/docu24.pdf