REVISTA
JURÍDICA DEL PERÚ SETIEMBRE 1996 AÑO XLVI N° 09
REIVINDICACIÓN
DEL ESTADO DE DERECHO
LUIS SANTA MARÍA CALDERÓN
Lo
ocurrido recientemente en el Tribunal Constitucional, derivado de la sentencia
que declara la inaplicabilidad de la Ley No 26657, es una expresión de la
debilidad institucional de nuestra patria.
El Tribunal Constitucional, cuya majestad debe estar por encima de avatares políticos
y situaciones coyunturales, ha sido desnaturalizado en su función mediante su
ley orgánica que en la práctica anula la razón de ser de este Tribunal. Sin
embargo, además, la legislación vigente ha producido una desestabilización
del Estado de Derecho, pues al margen de los aspectos procesales, el país ha
sido testigo del asedio de una institución surgida en la Asamblea Constituyente
de 1979, que existe en los principales países de Europa y América como tutelar
de la constitucionalidad y sustento de la democracia. Ambas han sido seriamente
debilitadas en su conjunto con las negativas consecuencias respectivas.
Como lo sostienen prestigiosos constitucionalistas, la defensa de la democracia
consiste en "proteger al ciudadano ante las arbitrariedades del Poder
Constituido". Las fronteras del límite del poder lo fija la Constitución.
Estas acciones lesivas a la democracia son realizadas precisamente por
instituciones llamadas a preservarlas. Nos referimos en primer lugar al Poder
Legislativo, que expidió la ley 26657 como "interpretación auténtica"
del art. 112 de la Constitución. Al margen de esta ley, se ha producido la
expedición de otras tantas, como la No 26592 y 26670, que han mellado el Estado
de Derecho y que la ciudadanía mediante instituciones como el Colegio de
Abogados, medios de difusión masiva, prestigiosos diarios de ámbito nacional y
la minoría parlamentaria han tratado de que se corrija sin éxito.
Resulta entonces que la institucionalidad está resquebrajada y esto se refleja
en la legislación expedida para reformar el Poder Judicial, el Ministerio Público,
la Contraloría de la República, las Municipalidades, los Gobiernos Regionales,
y otras leyes que han puesto en zozobra el Estado de Derecho.
Igualmente la inestabilidad de disposiciones legales, aumenta este clima que es
percibido internacionalmente, pues la globalización no es solamente económica
sino de comunicaciones que permiten la información política y social de
inmediato repercutiendo ya sea en la bolsa de valores, de inversiones, seguros,
turismo etc.
La ruptura de la democracia que se produjo el 5 de Abril de 1992, no ha sido
superada totalmente, y los mecanismos que el pueblo eligió para la restauración
de ella, se ven interrumpidos con la desestabilización de las instituciones. La
ciudadanía percibe como falta de garantías del Estado de Derecho, pues está
conciente que cualquier cosa puede ocurrir, ya que los principios son
avasallados, la Constitución no es respetada y el Tribunal Constitucional deja
mucho que desear por múltiples factores incluyendo la conducta personal de
algunos de sus miembros.
El Perú, para su reincorporación en el mundo económico, no solamente requiere
de medidas de esta naturaleza, sino de un sustento democrático permanente que
genere confianza internacional y respeto a su ordenamiento jurídico de la cual
siempre están atentos los países desarrollados, aspecto del que el gobierno
pareciera no importarle. Lo ocurrido en la residencia de la embajada de Japón
ha congregado a la prensa internacional, la que ha visto con asombro lo sucedido
en el Tribunal Constitucional con ocasión de la ley 26657, situación e
interpretación que fue difícil para los propios corresponsales explicar al
mundo, el que no podía sacar otra conclusión que en nuestra patria no existía
una democracia consolidada.
Atenta también contra el Estado de Derecho, lo ocurrido con el Fiscal de la
Nación, con las leyes con nombre propio para una presencia personal; con el
recorte de facultades de las Fiscalía de la Nación, la creación de organismos
que hacen dudar de una auténtica reforma del Ministerio Público.
El Poder Judicial, igualmente, aun cuando exista consenso de la necesidad de
reformarlo, las medidas derivadas de la legislación expedida no son
precisamente garantía para lograr una reforma estable, al margen de las
presiones que, precisamente, se trataron de eliminar.
La inexistencia de los Gobiernos Regionales, y contrariamente su práctica
desaparición con disposiciones que violan la estructura del Estado, que
considera como estamento intermedio a las regiones, ya han cumplido un sexto año
de "transitoriedad", sin haberse efectuado las elecciones que
determina la Constitución, y las ofertas de una nueva descentralización no se
materializan, produciéndose un retorno al centralismo, contrariando nuestra
Carta Política.
Las Municipalidades no escapan tampoco a esta desinstitucionalización, pues sus
fueros son permanentemente recortados y su autonomía económica lesionada,
forzando una dependencia cada vez mayor del Gobierno Central, que las pone al
borde de la inactividad mientras se legisla para fortalecer organismos del
Gobierno Central con presupuestos realmente extraordinarios y con duplicidad de
funciones en relación a los Municipios.
La legislación de SUNAT o INDECOPI, también ponen en zozobra al ciudadano que
se ve desprotegido, aun cuando debemos reconocer que en algunas oportunidades la
presión pública hizo variar facultades que atentaban contra el respeto a la
persona y a la propiedad de las empresas.
Es necesario, en consecuencia, una reestructuración de la legislación para dar
al ciudadano seguridad que le permita sentir que se encuentra frente a un Estado
respetuoso, que la persona humana está por sobre el propio Estado y que la
legislación se promueve no en razón de personas ni de coyunturas políticas,
sino hacia el bien común; estabilidad para que no ocurra que luego de los
periodos presidenciales se promuevan cambios constitucional que retrazan
totalmente la marcha del país e impiden a nuestra patria sea vista con el
respeto que se merece y que sus instituciones se fortalezcan para que se
constituya como la garantía de la democracia dentro un Estado de Derecho.