REVISTA JURÍDICA DEL PERÚ ENERO - MARZO 1998 AÑO XLVIII N° 14
LA
DEMOCRACIA COMO FILOSOFÍA Y ESENCIA DEL DERECHO PÚBLICO EN LOS UMBRALES DEL
SIGLO XXI
ALBERTO
ANTONIO SPOTA - ARGENTINA
SUMARIO:
I. Democratización como pluralismo.- II. Democratización como
fundamento de legitimidad política, social y jurídica del sistema de gobierno.
Y, en general, de la institucionalización de la sociedad, como realidad política
y de sus formas y contenidos jurídicos.- III. Democratización como
fundamento de la legalidad política, social y jurídica de nuestro tiempo. Su
instrumento: el voto igualitario y la ley del número.- IV. La
democratización como forma de vida. Esto es, como filosofía, y como filosofía
política.
I. Democratización
como pluralismo
I.1
Se entiende por pluralismo, como es generalizado convencimiento, aquella
realidad política y social, en una comunidad determinada, que habilita sin
restricciones, y en los hechos realmente, en pie de razonable y prudente
igualdad, a las distintas tendencias y tensiones sociales y políticas, que bajo
formas múltiples, aparecen y se expresan, muchas veces en forma encontrada, en
la convivencia diaria, gozando todas ellas de libertad y autonomía de expresión,
respeto y aquiescencia. Todas disfrutan en el sistema descripto, de espacio
social aceptable, y se evidencia una ecuanimidad en las proporciones de los
espacios societarios ocupados por cada una de ellas. Sólo la violencia es
condenada y excluida de esas variadas y enfrentadas respuestas habilitadas.
I.2
El pluralismo parte del supuesto que hay espacio político y social para todas
las opiniones, y para todos los cursos de acción, con la única y definitiva
excepción del uso de la violencia, como va señalado, y ahora se subraya.
I.3
La violencia como realidad, y la violencia como amenaza, quedan total y
completamente excluidas, dentro del esquema contemporáneo de pluralismo político
y social, que merezca y pretenda esa calificación.
I.4
Es así que en el cuadro que va diseñado, la democratización de los sistemas
políticos contemporáneos, significa, desde el ángulo que va en estudio, el
reconocimiento del más amplio espectro de pluralismo político y social,
entendiendo por pluralismo las variables que van explicitadas con precedencia, y
que caben dentro de aquel universo.
I.5
Ese reconocimiento, que importa la existencia simultánea o conjunta, en una
comunidad determinada, de fuerzas sociales y políticas que asumen la forma de
partidos o simplemente de tendencias, ha sido en la historia de la segunda mitad
del siglo XIX, y sobre todo en el siglo XX, la mostración de un proceso que
permanentemente ha tenido marchas y contramarchas en la mayoría de las
comunidades humanas. Ello, al tiempo que en otras, muy pocas, se reconoce que
ese proceso tuvo un sentido aperturista permanente, hasta llegar a las más
amplias coexistencias de conductas discrepantes, con la sola exclusión ya señalada
de la violencia. Subrayo que este último supuesto --el de comunidades humanas
que no muestran retroceso-- es más bien excepcional. Lo común ha sido y es,
marchas y contramarchas, en la senda hacia la vigencia de efectivo pluralismo.
I.6
En las sociedades de habla inglesa, y en las nórdicas europeas, no eslavas, ni
germánicas, ese proceso tuvo prácticamente, en forma permanente, signo
positivo en el siglo XIX y en el XX. Allí casi no hay supuestos de
contramarchas. No así en el mundo germánico y en el eslavo, donde virulentas y
sangrientas reacciones han sido características notables, en la primera mitad
del siglo XX. Baste recordar el nazismo en Alemania, y el comunismo en el mundo
eslavo y en las sociedades aplastadas por esas autocracias. Algo semejante
acaeció en los países latinos que se asoman al Mediterráneo, y al límite
occidental de península ibérica. El facismo, el franquismo, así como el régimen
de Salazar en Portugal, son buen ejemplo de las violentas y dolorosas
contramarchas. Lo mismo en el mundo eslavo y musulmán de los Balances.
I.7
En la sociedad francesa sólo a partir de la guerra de 1870, el proceso fue
también aperturista y progresivo. Con la única y lamentable excepción del período
de ocupación alemana-nazi de 1940 a 1945. El caso del mundo eslavo, muestra
permanentemente un notable retraso en el proceso en descripción. Rusia y la ex
U.R.S.S., son buen ejemplo de lo que va expuesto. En Asia, el tema está en su
prólogo, recién. En Africa negra, todavía el tema en análisis, no ha
llegado. En general, en las sociedades humanas tribales, o con restos de
tribalismo, el pluralismo no tiene posibilidad de existencia. La fuerza
compactante tribal, o sus restos o sucedáneos, impide toda discrepancia
aceptada. Lo mismo en las sociedades fundamentalistas mahometanas, de Asia y
Africa.
I.8
En el resto del mundo, con algunas pocas excepciones entre las que se encuentra
Suiza, el proceso tuvo altibajos crecientes y notables. Y así continúa hoy. Sólo
el ejemplo de EE.UU., y Canadá y Australia, muestran procesos de progresos
permanentes, hacia el pluralismo.
I.9
Es así que a partir de fines de la segunda guerra mundial, en los países de
democracia representativa, esto es, no dominados por el comunismo, y ubicados en
el llamado primer mundo, el proceso tuvo sentido positivo y aperturista, y por
esa senda parecen seguir.
I.10
En el mundo comunista, y en el llamado tercer mundo, no existió pluralismo, ni
pudo existir. El ordenamiento político comunista es la antípoda, al igual que
lo había sido antes el nacional socialismo y el facismo, y sus formas
semejantes en países de envergadura menor como España con el franquismo, y
Portugal bajo Salazar. Y con relación concretamente al tercer mundo, el clima
cultural político allí existente, imposibilita totalmente toda vigencia de
ideología plural.
I.11
En los países islámicos no negros, ni tribales, típicos del tercer mundo,
tampoco existe, ni puede existir, proceso de pluralismo. Y solamente, en algunas
sociedades mahometanas no religiosas, se acepta cierta forma larvada de disenso,
en estos últimos veinte años. Pero ello es inestable y totalmente excepcional.
I.12
América Latina no reconoce la existencia de pluralismo, sino en algunos
estados, y en estos últimos años, y con relativo valimiento.
I.13
En el mundo desarrollado, y en todos los casos descriptos, en los que se
reconoce innegable existencia en cierto grado, mayor o menor de pluralismo, se
lo unifica con el concepto de democratización.
I.14
Y en consecuencia se ha entendido y se entiende, permanentemente hoy, desde el
ángulo que va en exposición, que democratización importa y significa,
pluralismo. Así acaece que en el llamado primer mundo, y también en las demás
sociedades humanas donde se manifiesta con regular intensidad, el fenómeno que
ocupa este estudio.
I.15
En los países de más notable y antiguo reconocimiento pluralista en las últimas
décadas, la democratización importó y significó la aceptación de la
existencia de grupos sociales marginados, a los que se les da cabida social y
política.
I.16
Los casos más típicos que ratifican lo expuesto, son los reconocimientos de
las asociaciones de etnias que, en la comunidad eran minoritarias, y de hecho
marginadas, como el caso de los negros, y de algunos otros supuestos de
nacionalidades consideradas con grado y valimiento inferior, no así reconocidos
esos disvalores oficialmente, pero si vivida de esa suerte, aquella realidad que
va en descripción.
I.17
A más significó también, la aceptación de la presencia y representatividad
de grupos que no habían tenido lugar, o espacio aceptable en las sociedades,
hasta este reconocimiento de personería social. Es el supuesto de los
homosexuales, o variables semejantes, hasta llegar al reconocimiento en algunas
realidades, de grupos tipificados por enfermedades, como por ejemplo en nuestro
tiempo histórico, es el lamentable del sida.
I.18
En los países más avanzados política y socialmente, el concepto contemporáneo
de democratización, con el sentido de pluralismo, importa la aceptación
social, y en algunos casos, político, de grupos marginados que sacuden a la
opinión pública, como nuevos personajes de las realidades sociales, en medio
de fuertes opiniones críticas y a veces de violentos rechazos sectoriales.
I.19
Pero dentro del esquema de este estudio, resulta que el concepto de
democratización, se lo ve como sinónimo de pluralismo. Y es habitual argüir,
por parte de los integrantes de los nuevos grupos reconocidos en las sociedades,
y que van en descripción, el concepto de democracia y democratización, como el
detonante elemento básico y fundamental, que legítima su propio accionar, de
esos grupos pequeños o marginados, hasta entonces.
I.20
Este capítulo ha estado y está referido fundamentalmente, a señalar que el
concepto de democratización, así como está dicho y reiterado, es vivido y
entendido como pluralismo.
I.21
Y además, como también fue expuesto, desde el ángulo que va en comentario,
democratización y pluralismo, son procesos que se retroalimentan, y se
legitiman recíprocamente, en las mentalidades contemporáneas, en las
sociedades del primer mundo que van individualizadas y descriptas. Algo
semejante, pero mucho más larvado, acaece en las demás sociedades humanas de
nuestro tiempo.
II.
Democratización como fundamento de legitimidad política, social y jurídica
del sistema de gobierno. Y, en general de la institucionalización de la
sociedad, como realidad política y de sus formas y contenidos jurídicos.
II.1
Así como la historia enseña, en cada uno de los grandes períodos que ella
reconoce, ha tenido primacía destacada uno o dos, y en algunos casos tres,
manojos de ideas básicas y centrales --ideas fuerza, así llamadas por
algunos-- que dieron en cada circunstancia legitimidad a toda la estructura política
social y jurídica, que las sociedades humanas reconocían y exhibieron, en cada
uno de esos períodos o estadios de la evolución cultural del hombre.
II.2
No hay duda alguna que en las etapas iniciales de la historia del hombre, lo mítico,
luego lo místico, y prontamente lo religioso, fueron por ese orden, las ideas
fuerzas centrales, o manojo de ideas, de cada una de esas sociedades. Hubo
tiempos de coexistencia de más de uno de esos pivotes de fuerza. Pero, por lo
general, en cada período, fue uno de esos factores el prevalente. Y, al máximo,
la coexistencia, sobre todo en los fuertes períodos de transición, se pueden
encontrar, en concordancia, y permanente proceso mutativo, a dos de esos núcleos
de conceptos de fuerza.
II.3
La antropología enseña y describe, con claridad, esos procesos, o al menos así
lo intenta.
II.4
El primer período histórico que la humanidad reconoce luego del neolítico,
ubica como idea fuerza central, la unificación de lo sacro y lo profano. Y
luego del originario período mítico, lo místico-religioso, da fundamento, a
todo el sistema social, político y jurídico, de cada comunidad humana.
II.5
El primer período como está señalado, visualiza y establece la integración y
unidad entre lo sacro y lo profano. Este enfoque condiciona, todo el quehacer
comunitario e individual, de ese período.
II.6
El segundo período que la historia del hombre reconoce, se asienta entre otras
ideas, en la diferenciación progresiva entre lo sacro y lo profano. Y entonces,
el elemento de la violencia y de la fuerza física, tipifica y justifica, las
organizaciones sociales y políticas, y las consecuentes estructuras jurídicas.
No es que antes no hubiera habido ejercicio de fuerza, sino que entonces la
unidad y no diferencia entre lo sacro y lo profano, fue condicionante. Y todo se
visualizaba desde esa plataforma. En cambio en el período de diferenciación de
aquellos dos mundos, la fuerza física en su ejercicio, tomó clara relevancia
en las relaciones de los mundos sacro y profano, y como integrante básico y
decisorio de este último.
II.7
La traslación que hace el mundo de los hombres de las ideas religiosas, más
fuerzas antropológicas, evidentemente centran prioritariamente la estructura
del poder, en derredor de las líneas genéticas, con el aditamento fundamental
del ejercicio de la fuerza.
II.8
En el recorrido que se produce desde que la ciencia histórica reconoce la
existencia de conocimientos culturales individualizados como civilizaciones,
esto, es, alrededor del 4000 a.C., con Sumeria y con Egipto, la historia del
hombre, va ubicando en cada una de esas culturas, ideas fuerzas definitorias y
calificadoras de las estructuras sociales y políticas.
II.9
En esas ideas fuerza, se ubica permanentemente el concepto de la legitimidad,
como básico para el ejercicio del poder social, político y jurídico, en
cualquier tiempo.
II.10
La legitimidad fundada en cada uno de esos períodos, en las ideas fuerza
pertinentes, va legitimando las estructuras políticas, sociales y jurídicas de
cada proceso, y son el meollo de las evoluciones que van acaeciendo. Las
mutaciones se producen siempre en el ámbito, y dentro de las legitimidades
justificantes del poder social y del político.
II.11
Esto es, la legitimidad en el ejercicio del mando, como justificación de su
propia existencia, está siempre vinculada en la historia del hombre, a ideas
fuerzas típicas de cada período histórico.
II.12
A partir de la última parte del siglo XIX, y fundamentalmente en el siglo XX, y
esencialmente en su segunda mitad, el concepto de democratización, es la fuente
y vertiente fundamental, en que se alimenta la legitimidad contemporánea, de
todo tipo de estructura política, social y jurídica.
II.13
Así que acaba el siglo XX, la democratización es la fuente de legitimidad de
lo político, lo social y lo jurídico en el mundo que se asoma al siglo XXI.
II.14
Hoy no hay duda alguna en el sentido que, más que la idea de libertad, es la de
democracia, la fuente más trascendente, para el común, de la legitimidad política,
social y jurídica, en nuestro tiempo, en Occidente, y en el resto del mundo
todo. En este tópico, no parece haber más discrepancias con la evaluación
expuesta, que la de los fundamentalismos religiosos. Es difícil prever, el
destino de esas sociedades enquistadas, pero reales y existentes en nuestra
contemporaneidad. No hay razones bastantes, a mi entender hoy, para visualizar,
en el futuro inmediato, el proceso y fin de esas sociedades. Quizás en el
futuro mediato, la respuesta sea otra.
III.
Democratización como fundamento de la legalidad política, social y jurídica
de nuestro tiempo. Su instrumento: el voto igualitario y la ley del número
III.1
Como consecuencia de la legitimidad descripta en el capítulo que precede, en
nuestro tiempo, las estructuras que requieren de legalidad, la buscan también
en la democratización.
III.2
De allí la fuerza fundamental del voto igualitario, es la base de legalidad
contemporánea.
III.3
No hay duda alguna que las formas de mayoría sobre la base de la igualdad,
hacen a la esencia de la legalidad política, social y jurídica de nuestro
tiempo. De allí; la fuerza de la ley del número, en este sistema.
III.4
Es muy difícil desarrollar con signo positivo y aquiescencia, en nuestro
tiempo, instituciones que marginen la legalidad democrática, y sus formas y
rituales.
III.5
La legalidad en nuestros días, y así que acaba el siglo XX, y se enuncian los
comienzos del siglo XXI, tiene en forma indubitable, en el ejercicio de la
democracia, comprendida y desarrollada bajo el principio definitorio y
prevalente de la igualdad, y en función de la ley del número, su esencia,
basamento y telos. Esto es, el juego de la mayoría, describe en nuestro tiempo,
el fundamento, prácticamente universalmente indiscutido y único, de lo que es,
se reconoce, y llama, la legalidad, en las sociedades humanas.
III.6
Podrá debatirse, y seguramente con éxito, el acierto de la mecánica operativa
que va descripta.
III.7
No tengo duda del cúmulo e importancia de las objeciones razonadas, que puede
merecer esta pretensión de único asiento básico de la legalidad, en el
concepto de la democracia igualitaria, que va expuesto precedentemente. Esto es,
la virulenta y definitoria afirmación que no hay más democracia que la regida
por la igualdad y el número.
III.8
Pero, de la misma suerte, y de la misma manera, que acepto y reconozco la
posibilidad cierta de objeciones valiosas a la mecánica operativa que va en
descripción, señalo que las inmensas mayorías de las sociedades humanas
contemporáneas, suscriben la justificación de la legalidad, en la vigencia de
la democratización, sobre la base de la igualdad descripta, y la ley del número.
III.9
Esta descripción es ajena al dato de valor. Se enuncia, como realidad fáctica,
que es en nuestro tiempo.
IV.
La democratización como forma de vida. Esto es, como filosofía, y como
filosofía política
IV.1
Los capítulos que preceden llevan en definitiva a desarrollar también la idea
central y efectivamente cierta, que así que acaba el siglo XX, el concepto y la
vivencia de la democracia, exceden grandemente el esquema político y jurídico,
e inclusive, el propio esquema social, y hasta el ético, o al menos lo integra,
a este último, dándole nuevo sentido y esencia.
IV.2
Es así que la idea de la democratización, ingresa con fuerza definitoria en
todas las relaciones humanas. Y se constituye, a través de la legitimidad y de
la legalidad descriptas, en algo más que una filosofía política.
IV.3
La democracia en esta visión se constituye, en nuestro tiempo, en una filosofía
de vida. Esta visión, nada tiene de original hoy. Hace tiempo que se dice y se
ha largamente escrito, lo que va leído.
IV.4
Son muchos los estudios hechos en nuestro tiempo, sobre la base del concepto que
va expuesto.
IV.5
Esto es, democratización como filosofía.
IV.6
Y digo como filosofía a secas, pues ingresa ese sistema en todas las formas de
vivencia, e inclusive, hace a las más profundas relaciones humanas y, más allá
de ellas, a la esencia del propio existir individual, y plural o colectivo.
IV.7
Así que acaba el siglo XX, para la inmensa mayoría, y para gran parte de la
intelectualidad de Occidente, y me animaría a decir del mundo todo, el concepto
de democratización, es la esencia de la filosofía (sin aditamentos), más
trascendente, de nuestra contemporaneidad, y que recoge más acólitos hoy.
IV.8
Ese concepto de democratización, presupone una forma de convivencia, que se lo
entiende armónico y pacífico, por su propia existencia.
IV.9
Da a sus seguidores y devotos, el convencimiento de su propia justificación,
sobre las bases igualitarias tantas veces señaladas, en los capítulos
precedentes de este trabajo.
IV.10
Democratización como forma de vida, presupone siempre y necesariamente, la
vigencia del principio de igualdad, en todos los aspectos de la convivencia, por
la sola condición humana, y al propio tiempo, reconocimiento de la propia
personal identidad, como persona humana.
IV.11
Esa igualdad e identidad, se extiende a ámbitos que exceden lo político, e
ingresan en las más diversas versiones de lo social y de lo ético. Y de allí,
se va camino de lo gnoseológico y de lo ontológico.
IV.12
Visto así el tema en análisis, se puede afirmar que el siglo XX, acaba
teniendo la democratización, como su filosofía definitoria y básica.
IV.13
De esta filosofía, como va dicho, habrá que deducir, su forma ontológica, en
la figura humana por su propia existencia de tal. Aquí y allí, se ubica, la
esencia del sistema.
IV.14
Su gnoseología está relacionada, y referida, puntual y siempre y
necesariamente, a la capacidad razonadora del ser humano. El ejercicio gnoseológico
se dará así, sobre la base de la igualdad ya señalada, parámetro que nunca
debe ser olvidado ni mitigado, en este esquema de conocimiento que voy
desarrollando.
IV.15
La axiología o deontología de este sistema filosófico, está referido a las
apetencias de los hombres iguales, teniendo como primer valor fundamental, la
relacionada igualdad, tantas veces subrayada.
IV.16 Desde la plataforma de descripción y análisis, a la que corresponde este capítulo, esto es, la democratización como filosofía, sin duda alguna, y sin excepciones, el fundamento se encuentra en el concepto igualitario tantas veces subrayado. Y las diversas zonas que hacen al conocimiento de esta filosofía, encuentra en los parámetros y cursos de acción que surgen en cumplimiento del principio de la lógica de los antecedentes, partiendo de la vigencia del principio igualitario, y de la ley del número, no sólo la mecánica operativa, sino también el ámbito de las conclusiones, que son siempre dinámicos y también mutantes de este concepto de democratización, como filosofía contemporánea.