1º) El
Subsidio se concede por los motivos indicados en esta misma página
[Clic aquí para ver requisitos según
información del INEM]
2º) Es
necesario que tengáis en cuenta que antes de solicitarlo sería necesario
que comprobaseis que cumplís TODOS los requisitos exigidos en la
petición del Subsidio (principalmente NO SUPERAR el 75% del Salario
Mínimo Interprofesional), ya que SI LA PRIMERA SOLICITUD fuera
rechazada, no tendríais posibilidad de hacer nuevas peticiones aunque
dichos requisitos cambiasen y se adecuaran a lo requerido por el INEM.
Extinción del derecho al subsidio:
Cuando preveas que vas a recibir una
cantidad por algún tipo de renta distinta a la de la indemnización de
Telefónica, cuya cuantía supere el 75% del importe anual del subsidio,
deberás solicitar tú la suspensión del subsidio, en el transcurso del
mes en que recibas dicha cantidad extra. Deberás solicitarla por
escrito, en la oficina del INEM que te corresponda, quedándote copia de
la misma.
Reanudación del subsidio:
Al mes siguiente de la percepción de
la cantidad extra y de la petición por tu parte de la suspensión del
subsidio, podrás solicitar la reanudación del mismo, teniendo en cuenta
que se contabilizan los intereses que produzcan el capital percibido
como extra.