10. Intro. Nuevo Testamento. Instituciones religiosas judías: la Ley.
10. Introducción al Nuevo Testamento  

INSTITUCIONES RELIGIOSAS JUDÍAS: LA LEY.

La Ley está contenida en el Pentateuco, es la parte principal de la Escritura Sagrada para los judíos, que la denominan Torá. Estos escritos legales, realmente antiguos, estaban algo desfasados respecto a las costumbres y prácticas judías de la época de Jesús. Además, la pérdida de la lengua original tras el exilio, el hebreo clásico, bíblico, que fue remplazado por el arameo, lengua comercial y más internacional, hizo que la interpretación de la Ley fuera una cuestión esencial para el judaísmo religioso y político.

La salida de estos inconvenientes fue la creación del llamado "midrás". El midrás era una forma de interpretación que iba más allá del texto en su literalidad y que buscaba obtener interpretaciones que quizás no fueran evidentes a primera vista. La raíz de la palabra en hebreo es "drs", que significa buscar o indagar. Aplicado a la Escritura podemos traducirla como "interpretar".

Estos midrás los encontramos de dos tipos: los haggadá y los halaká. Los "midrás haggadá" son interpretaciones de lo espiritual, lo más profundo del texto, se aplican a las cuestiones morales, históricas, alegóricas del texto. Por el contrario el "midrás halaka", recoge costumbres, normas, leyes... Estas normas fueron puestas por escrito en los siglos medievales, pero podemos rastrear sus tradiciones a épocas precristianas. Junto con la Ley escrita encontramos la legislación oral, tradiciones legales y verbales no escritas. Son el conjunto de criterios legales tan amplios que manejan los fariseos y que Jesús denuncia en repetidas ocasiones. Son ampulosos, escrupulosos y excesivos, desconocidos salvo para los estudiosos de entonces: escribas y fariseos.

Estas colecciones midrásicas se conservan en lo que llamamos el Talmud. Compuesto por la misná, códigos de la vida judía del siglo II, son la interpretación de los sabios y de los doctores que transmiten una enseñanza que remontan a Moisés. La gemará, comentarios continuos a la misná; y el baraitot, son tradiciones desarrolladas a partir del Pentateuco en el siglo I d. C.

Jesús no fue un estricto cumplidor de las Leyes judías, conocemos lo referido a las cuestiones del sábado. Se presenta como un interprete de la Ley, hasta el punto de corregir la palabra de Moisés. Esto lo apreciamos en la discusión sobre el divorcio, en la que Jesús dice que Moisés dijo esto por la terquedad de corazón. Eso significa que Jesús incorpora una nueva legislación, la revitaliza, le da un nuevo aliento poniéndola al servicio de los hombres. Para el judío de entonces aquello sonaba ofensivo y blasfemo, nadie podía corregir al mismo Yahvé que había hablado por Moisés.

La primera Iglesia, formada por judeo-cristianos, cumplía con muchas de estas prácticas legales, iban al Templo, oraban y respetaban los preceptos relativos a la comida, la purificación,... Cuándo se producen los enfrentamientos con la sinagoga, y su persecución posterior, llegan al final de su existencia. La comunidad eclesial que triunfa será la formada por gentiles, y no por judíos de raza, que se saltan, ante el valor del Espíritu Santo, las Leyes y prescripciones hebreas.

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