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LA
PLATA, 13 ENE (AIBA). Los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos
Brutos que tengan deudas impositivas anteriores al 31 de diciembre de
2003 podrán acceder, a partir de este jueves, al Programa de Sinceramiento
Fiscal, implementado por el Ministerio de Economía.
Esta segunda etapa del plan creado por la Dirección Provincial
de Rentas permite a quienes quieran regularizar su relación con
el fisco, suspender los procedimientos de fiscalización, la aplicación
de nuevas medidas cautelares y los juicios de apremio ya iniciados.
Asimismo Rentas implementará programas especiales para deudores
de los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores, como también
para aquellos que no hayan declarado obras y mejoras en sus inmuebles
Los requisitos para acceder al Programa de Sinceramiento Fiscal contemplan
un reconocimiento formal del contribuyente de su deuda, vencida al 31
de diciembre de 2003, más los intereses previstos en el Código
Fiscal.
Podrán acceder aquellos contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos
Brutos que en el año 2002 hayan abonado una cifra igual o inferior
a $500.000 por el mencionado impuesto.
El deudor deberá suscribir un compromiso de pago de un importe
mínimo que deberá abonarse en término-, por
cada anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos durante un período
de 12 meses.
En ese período, el contribuyente que ingrese al programa deberá
cumplir con el compromiso asumido; si Rentas detecta incumplimientos,
cesan los beneficios acordados.
El monto del importe mínimo será establecido por el fisco
para cada categoría de contribuyentes, en base a las estimaciones
realizadas en función de las variaciones que se observen en la
actividad económica de cada sector. No obstante, luego de transcurrido
tres meses de iniciado el programa, los contribuyentes podrán solicitar
a Rentas la fiscalización de sus actividades para ajustar el monto
mínimo a la magnitud de sus ingresos, si este les resultara desproporcionado.
"Quienes accedan al Programa de Sinceramiento Fiscal, serán
beneficiados con el bloqueo de los procedimientos de fiscalización
de los períodos incluidos en el plan de regularización hasta
diciembre de 2002 y la remisión parcial de intereses correspondientes
a la deuda vencida al 31 de diciembre de 2003", se informó
oficialmente.
En este caso, quienes accedan en la primera etapa, que vence el 10 de
marzo, la reducción de intereses es del 90% y del 80% de los establecidos
por el artículo 75 del Código Fiscal, según se trate
de deudas anteriores al 31 de diciembre de 1999 o posteriores al 1 de
enero de 2000.
El plan de pagos les permitirá cancelar sus deudas en hasta 36
cuotas mensuales, y con un interés del 0,5% de financiación.
También se suspenderán las medidas administrativas y judiciales
tendientes a perseguir el cobro del crédito fiscal; y los juicios
de apremio ya iniciados.
"También se han dispuesto beneficios extraordinarios para
quienes cumplan con la propuesta remitida por la Dirección Provincial
de Rentas correspondiente a la obligación fiscal con vencimiento
en enero 2004, completando luego su ingreso al Programa durante los primeros
30 días corridos desde la apertura al público del mismo",
explicaron voceros de Economía; quienes detallaron que "consisten
en una mayor reducción de intereses y un plan en cuotas sin interés
de financiación". (AIBA)
Entre
el 13 y el 26 de enero vence el impuesto sobre los Ingresos Brutos
LA PLATA, 12 ENE (AIBA). A partir del 13 de enero y hasta el lunes
26 vence el plazo para pagar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, según
informó hoy el Ministerio de Economía bonaerense.
Para los contribuyentes de pago mensual incluidos en el Sirft Baires,
el vencimiento se programó según la terminación del
Cuit (dígito verificador) entre los días 13 y 19 de enero.
En tanto, para los incluidos en el Convenio Multilateral, el vencimiento
operará en los mismos días de enero, en este caso programado
según la terminación del número de inscripción
(dígito verificador).
Por su parte, para los contribuyentes de pago bimestral - bimestre: noviembre/diciembre
de 2003 - el plazo estipulado según la terminación del CUIT
(dígito verificador) vence entre el 20 y el 26 de enero. (AIBA)
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